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Proponen incluir alfabetización digital e IA en la educación básica

Proyecto plantea incorporar formación sobre inteligencia artificial en el currículo escolar y priorizar la reducción de brechas digitales desde 2028.

12/10/2026 3 min de lectura
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Proyecto plantea incorporar formación sobre inteligencia artificial en el currículo escolar y priorizar la reducción de brechas digitales desde 2028.

La alfabetización digital y la formación en inteligencia artificial podrían incorporarse al Currículo Nacional de la Educación Básica a partir del año escolar 2028, de prosperar un proyecto de ley presentado por el grupo parlamentario Juntos por el Perú, a iniciativa del diputado Luis Ángel Jibaja Ramos.

El Proyecto de Ley 00569/2026-2031-CD propone implementar estos aprendizajes de manera progresiva, transversal, inclusiva y pertinente en la Educación Básica Regular, Alternativa y Especial.

Para ello, la iniciativa plantea modificar los artículos 33 y 80 de la Ley 28044, Ley General de Educación. El cambio propuesto para el artículo 33 busca incorporar al Currículo Nacional aprendizajes relacionados con la alfabetización digital y la inteligencia artificial, orientados al uso crítico, ético, seguro, responsable e inclusivo de las tecnologías digitales.

Asimismo, la modificación del artículo 80 permitiría al Ministerio de Educación (Minedu) diseñar programas nacionales destinados al aprovechamiento pedagógico de estas tecnologías, en coordinación con las instancias regionales y locales.

La propuesta también contempla actualizar la competencia 28 del Currículo Nacional, vinculada al desenvolvimiento de los estudiantes en entornos virtuales. La formación comprendería la búsqueda, selección y verificación de información digital, así como la identificación de contenidos sintéticos, desinformación y posibles sesgos.

Otro de los aspectos considerados es el uso ético de herramientas de inteligencia artificial generativa. El proyecto establece que los estudiantes deberán utilizarlas respetando la autoría y la integridad académica.

En cuanto a las garantías para los estudiantes, la iniciativa señala que la aplicación de estas tecnologías deberá sujetarse a la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales, además de considerar el interés superior del niño y del adolescente y el principio de minimización de datos.

El proyecto precisa, además, que el uso de sistemas de inteligencia artificial en las actividades educativas no reemplazará la responsabilidad profesional de los docentes. Tampoco podrán delegarse en sistemas automatizados decisiones pedagógicas que puedan afectar los derechos o la trayectoria de los estudiantes.

La iniciativa incluye también la formación continua de los profesores en el marco de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial.

Uno de los puntos que podría tener especial incidencia en regiones con dificultades de conectividad es la reducción de la brecha digital. La propuesta establece que deberán priorizarse las instituciones educativas públicas ubicadas en zonas rurales, de frontera y amazónicas, incluyendo alternativas que permitan trabajar con conectividad limitada o mediante recursos fuera de línea.

También dispone criterios de accesibilidad para estudiantes con discapacidad, de acuerdo con la Ley 29973, así como pertinencia cultural y lingüística para las instituciones de Educación Intercultural Bilingüe.

Como sustento de la iniciativa, la exposición de motivos menciona referentes de la UNESCO y resultados del informe PISA 2025 de la OCDE. Según los datos consignados en el documento, el 55,3 % de los estudiantes peruanos evaluados señaló haber tenido oportunidades en sus aulas para aprender a evaluar información generada mediante inteligencia artificial.

El proyecto indica, además, que Perú se ubicó en el puesto 73 de 82 sistemas evaluados y que se registró una brecha de 23,7 puntos porcentuales entre estudiantes favorecidos y desfavorecidos socioeconómicamente.

Finalmente, la propuesta establece que, en caso de convertirse en ley, el Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 180 días calendario para reglamentarla. El Minedu deberá adecuar el Currículo Nacional para que las nuevas disposiciones comiencen a aplicarse desde el año escolar 2028.

Según el texto del proyecto, las medidas deberán financiarse con los presupuestos institucionales de las entidades involucradas, sin requerir recursos adicionales del Tesoro Público.

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