Jeanette Alonzo podria asumir la alcaldia de Lima
El Jurado Electoral Especial analiza un precedente de Ica para definir si la segunda regidora de Renovación Popular reemplaza a Rafael López Aliaga.
La segunda regidora de Renovación Popular, Jeanette Alonzo, podría asumir la alcaldía de Lima en el periodo 2027-2030 en reemplazo de Rafael López Aliaga, de acuerdo con una opción que evaluaría el Jurado Electoral Especial de Lima Centro para prevenir una presunta reelección inmediata no permitida por la normativa vigente.
La posibilidad se sustenta en un antecedente emitido el pasado 4 de noviembre por el Jurado Electoral Especial de Ica, el cual proclamó a la candidata a segunda regidora Rita del Carmen Guerrero Cajo como alcaldesa del distrito de San Juan Bautista. Según el organismo electoral, la medida busca garantizar la alternancia democrática, evitar la permanencia continua de una autoridad en el máximo cargo municipal y asegurar la equidad en los comicios. El ente señaló que si una autoridad elegida para el periodo 2023-2026 postula como regidor y accede posteriormente a la alcaldía mediante una dimisión, se restaría efectividad a la restricción constitucional de reelección inmediata.
Jeanette Alonzo Contreras es contadora pública titulada por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, con grado de bachiller desde 2001 y título obtenido en 2002, además de una maestría en finanzas corporativas cursada en 2024 en la Universidad Privada del Norte. Su trayectoria profesional incluye experiencia como contadora en la promotora de desarrollo en educación y cultura, y actualmente ejerce como regidora de la Municipalidad Metropolitana de Lima para el periodo 2023-2026. Dentro de su organización política, ocupa el puesto de gerente central de Finanzas desde 2025 y figura como secretaria nacional de Economía, cargo cuya fecha de inicio fue rectificada formalmente ante el Jurado Nacional de Elecciones mediante un escrito presentado el 30 de mayo de 2026, modificándola del 16 de enero de 2025 al 16 de enero de 2026. Su registro institucional no consigna sentencias previas.