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Una sola regla para escuelas desiguales: el reto de restringir celulares en el Perú

El Gobierno reglamentó la restricción del uso de celulares en los colegios del país. La disposición será nacional, pero deberá aplicarse en un sistema educativo marcado por profundas diferencias de conectividad e infraestructura. En Pasco, una inspección realizada en 2025 encontró que el 57 % de los colegios visitados no tenía internet.

03/10/2026 5 min de lectura
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El Gobierno reglamentó la restricción del uso de celulares en los colegios del país. La disposición será nacional, pero deberá aplicarse en un sistema educativo marcado por profundas diferencias de conectividad e infraestructura. En Pasco, una inspección realizada en 2025 encontró que el 57 % de los colegios visitados no tenía internet.

El Gobierno ya reglamentó la restricción del uso de teléfonos celulares durante las actividades educativas en los colegios del país. Sobre el papel, la disposición será la misma para todos. Fuera del papel, las condiciones no lo son.

Mientras algunas instituciones enfrentan los problemas derivados del uso intensivo de dispositivos conectados a internet, otras, especialmente en zonas rurales de la sierra y selva todavía presentan dificultades de conectividad, telefonía, infraestructura y acceso a tecnologías educativas.

Pasco forma parte de esa realidad.

El Decreto Supremo N.° 018-2026-MINEDU, publicado este 3 de octubre, aprobó el reglamento de la Ley N.° 32385 y estableció disposiciones para restringir el uso de teléfonos inteligentes y dispositivos electrónicos similares durante las actividades educativas. La regulación alcanza a instituciones públicas y privadas de Educación Básica.

La medida busca mejorar la atención y los aprendizajes de los estudiantes, favorecer la convivencia y reducir riesgos vinculados con la exposición digital y el ciberacoso.

Su implementación, sin embargo, se producirá en un sistema educativo cuyas condiciones tecnológicas varían considerablemente entre territorios.

En Pasco, 57 % de colegios inspeccionados no tenía internet

El Operativo Educación 2025 de la Contraloría permite aproximarse a las condiciones que presentan algunas instituciones educativas públicas de Pasco.

El organismo de control inspeccionó 23 colegios: 16 en la provincia de Pasco, cuatro en Daniel Alcides Carrión y tres en Oxapampa.

En esa muestra, el 57 % de las instituciones visitadas no contaba con acceso a internet y el 85 % carecía de servicio de telefonía. Además, el 80 % presentaba paredes de aulas en mal estado, el 70 % tenía problemas en sus techos y el 45 % registraba restricciones en el servicio de agua.

Las cifras corresponden exclusivamente a los colegios supervisados y no pueden proyectarse al conjunto de instituciones educativas de Pasco. No obstante, muestran algunas de las condiciones materiales en las que deberá implementarse la nueva regulación.

Tampoco se encontró, entre la información oficial disponible revisada para este informe, una estadística que determine cuántos estudiantes de Pasco posee un teléfono celular, cuántos lo llevan al colegio y con qué frecuencia lo utilizan durante las clases.

Esta distinción resulta importante: que un colegio carezca de internet institucional no significa que sus estudiantes no posean teléfonos o accedan a internet mediante redes móviles.

Una brecha que trasciende a Pasco

Las diferencias tecnológicas tampoco constituyen un fenómeno exclusivamente pasqueño.

Las brechas de conectividad entre ámbitos urbanos y rurales forman parte de un problema nacional y adquieren particular relevancia en zonas de la sierra y Amazonía, donde factores geográficos, económicos y de infraestructura condicionan el acceso a servicios digitales.

Por ello, la aplicación de una disposición nacional sobre dispositivos electrónicos puede encontrarse con escenarios educativos distintos.

En un colegio urbano con conectividad permanente, la preocupación puede concentrarse en la distracción durante las clases, el acceso a redes sociales, el ciberacoso o la exposición prolongada a las pantallas.

En una escuela rural con conectividad limitada, el celular puede coexistir con dificultades para acceder a internet institucional, equipamiento tecnológico y otros servicios necesarios para incorporar recursos digitales al aprendizaje.

Son escenarios diferentes sobre los que deberá aplicarse una misma regulación.

La propia norma contempla diferencias

El reglamento contiene disposiciones que reconocen algunas de estas condiciones.

Los colegios podrán implementar espacios destinados a custodiar temporalmente los celulares de los estudiantes, pero el texto establece que podrán hacerlo si cuentan con los recursos disponibles.

Cuando una institución asuma la custodia de los dispositivos, tendrá la responsabilidad de conservarlos y devolverlos, sin acceder a fotografías, conversaciones, archivos o cualquier otra información privada del estudiante.

La norma también dispone que, cuando corresponda, la información sobre las restricciones sea difundida en la lengua indígena u originaria predominante entre la población beneficiaria.

Las medidas correctivas, además, deberán considerar las características y necesidades de los estudiantes, así como criterios de pertinencia cultural y lingüística.

El celular no queda totalmente prohibido

El reglamento establece excepciones.

Los estudiantes podrán utilizar dispositivos electrónicos cuando formen parte de una actividad pedagógica autorizada por el docente o director.

También se permitirá su uso cuando contribuya a reducir barreras educativas, por determinadas razones de salud o discapacidad y ante situaciones de emergencia que puedan comprometer la seguridad, integridad o vida del estudiante.

Las medidas frente al incumplimiento deberán estar contempladas en los reglamentos internos de los colegios y tendrán que ser proporcionales, formativas y respetuosas de la dignidad del alumno.

Una norma nacional frente a realidades diferentes

El Decreto Supremo N.° 018-2026-MINEDU no crea la restricción. Su función es reglamentar la Ley N.° 32385, que previamente estableció disposiciones sobre el uso de teléfonos celulares y dispositivos similares en las instituciones de Educación Básica.

La publicación del reglamento permite pasar ahora de la disposición legal a su aplicación en los colegios.

Es precisamente en esta etapa donde podrán observarse las diferencias territoriales.

Las UGEL tendrán que supervisar el cumplimiento y coordinar estrategias con las instituciones educativas, mientras que las Direcciones Regionales de Educación deberán efectuar seguimiento y promover acciones destinadas al uso seguro y responsable de los dispositivos.

En Pasco, esa implementación tendrá que producirse en instituciones con condiciones distintas entre las zonas urbanas y rurales de Pasco, Daniel Alcides Carrión y Oxapampa.

La misma situación se reproduce, con características propias, en otras regiones andinas y amazónicas.

El desafío que deja planteado el reglamento, por tanto, no termina con restringir el teléfono dentro del aula. Su aplicación permitirá conocer si una regulación diseñada para todo el país puede adaptarse a escuelas que parten de condiciones tecnológicas, geográficas y materiales diferentes.

La norma ya está publicada. Su implementación mostrará cómo responde el Estado cuando una misma regla llega a realidades educativas que no son iguales.

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