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Ley seca por las Elecciones 2026 regirá desde el sábado 3 de octubre

La restricción prohíbe la venta de alcohol antes y después de las votaciones. Además, se establecen sanciones y multas fijadas por el JNE.

27/09/2026 2 min de lectura
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La restricción prohíbe la venta de alcohol antes y después de las votaciones. Además, se establecen sanciones y multas fijadas por el JNE.

La prohibición de venta y suministro de bebidas alcohólicas a nivel nacional comenzará a las 8:00 a.m. del sábado previo a las Elecciones Regionales y Municipales del domingo 4 de octubre de 2026, y se extenderá hasta las 8:00 a.m. del lunes posterior. Esta norma, contemplada en el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.º 26859), busca garantizar el desarrollo de los comicios donde participarán más de 26 millones de votantes para elegir autoridades del período 2027-2030.

La medida abarca a establecimientos como bodegas, supermercados, licorerías, bares, restaurantes, discotecas y centros de entretenimiento. De igual manera, se prohíbe el consumo en locales públicos, la venta para llevar y el reparto a domicilio. Según el artículo 390 de la ley electoral, los comerciantes que incumplan la ‘ley seca’ enfrentarán penas de prisión de hasta seis meses, además de las multas, inhabilitaciones y posibles clausuras o decomisos ejecutados por los municipios.

Por otro lado, las reuniones o manifestaciones políticas quedarán suspendidas desde las 00:00 horas del viernes 2 de octubre (48 horas antes de la votación). Asimismo, toda propaganda electoral en medios de comunicación, plataformas digitales, caravanas y distribución de folletos deberá detenerse desde las 00:00 horas del sábado 3 de octubre. La violación de estas prohibiciones contempla sanciones de hasta dos años de cárcel, de acuerdo con el artículo 388 de la normativa.

La supervisión de las medidas estará a cargo del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), mediante la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales junto a los Jurados Especiales Electorales. Los operativos contarán con el apoyo de la Policía Nacional del Perú, las Fuerzas Armadas, el serenazgo y el Ministerio Público.

Respecto a las multas por no acudir a votar, el JNE aplica un esquema basado en el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) del año 2026, fijada en S/5.500 por el Ministerio de Economía y Finanzas. Por lo tanto, los omisos al sufragio pagarán S/110 en distritos clasificados como no pobres (2% de la UIT), S/55 en distritos pobres no extremos (1% de la UIT) y S/27.50 en zonas de pobreza extrema (0.5% de la UIT).

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